El secretario de Estado de Función Pública, José Antonio Benedicto, y los
sindicatos CSIF, CCOO, UGT, USO y CIG firman el primer acuerdo sobre
movilidad del personal funcionario para que se puedan cubrir antes los
puestos.
El secretario de Estado de Función Pública, José Antonio Benedicto, y los
representantes de los sindicatos representados en la Mesa General de
Negociación de la Administración General del Estado -CSIF, CCOO, UGT, USO y CIG- firmaron el pasado lunes el primer acuerdo sobre movilidad del personal funcionario.
El Gobierno se compromete a elaborar unas bases generales aplicables a todos
los convenios de movilidad, que serán publicados en 15 días.
Su finalidad es impulsar el concurso como sistema de provisión de puestos
de trabajo, dar más transparencia al sistema de provisión de plazas y reforzar
los principios de mayor seguridad, igualdad, mérito, capacidad, competencia y
publicidad en los concursos y traslados, señala el Ministerio en un comunicado.
Los funcionarios de la Administración General del Estado que quieran pedir
el traslado sumarán puntos en función de varios requisitos:
Experiencia, "teniendo en cuenta la experiencia adquirida por el
funcionario durante el tiempo que haya estado desempeñado puestos de trabajo de
un determinado nivel de complemento de destino, siempre en relación con el
puesto o puestos que solicita".
Formación: Cursos impartidos o recibidos en el marco de la formación para
el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral para la
adjudicación de un puesto en distinta localidad. El funcionario que alegue
conciliación familiar tendrá que solicitar la totalidad de los puestos de
trabajo que se convoquen en esa localidad, siempre que cumpla los requisitos establecidos
en la correspondiente convocatoria.
Cuidado de hijos -hasta que el hijo cumpla doce años, "siempre
que se acredite por los interesados que los puestos solicitados permiten una
mejor atención del menor, se valorará ponderando la puntuación en función de la
localidad de destino del funcionario y de la localidad de residencia de los
hijos, así como, en su caso, del grado de discapacidad del menor objeto de
cuidado".
Cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de
consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente,
enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe
actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y
siempre que se acredite por los interesados que los puestos que solicitan
permiten una mejor atención del familiar.
Destino previo del cónyuge funcionario. "Cuando dicho destino haya
sido obtenido mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el
puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio
distinto, se valorará este supuesto ponderando en todo caso la puntuación en
función del tiempo de separación de los cónyuges".
Conocimiento de la lengua cooficial. Se incluye por primera vez el
conocimiento de las lenguas cooficiales en los territorios en los concursos de
traslados y promoción de los funcionarios.
Personal del Servicio Público de Empleo Estatal y Fogasa. Se flexibilizan
las limitaciones que tenían a la participación en concursos de personal.
Motivos de salud: Se establecerán criterios en relación con los traslados
por motivos de salud desligándolo de los supuestos en los que concurren razones
de conciliación de los funcionarios que no guardan relación directa con el
puesto de trabajo asignado.
Movilidad interadministrativa. Por último, se diseñarán nuevas fórmulas de
movilidad o intercambio entre las distintas administraciones públicas
(Expansión)
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