LA VOZ. Un defecto de forma en la tramitación del expediente
le ha servido a dos agentes municipales de Vigo para librarse de una sanción de
dos días de suspensión de funciones por falta disciplinaria de carácter grave.
Motivo: que la noche electoral de las últimas municipales, que tuvieron lugar
el 22 de mayo del 2011, presumiblemente se durmieron en el vehículo policial
cuando debían estar vigilando un centro electoral en el barrio de Balaídos.
En su recurso, las dos policías niegan los hechos y también
que hubieran desobedecido las órdenes de sus superiores, pero el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo no entra en el fondo del asunto, ya
que aprecia defectos de forma. En concreto, que el Concello tramitó el
expediente conforme a la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo
Nacional de Policía cuando la normativa aplicable debería haber sido el decreto
que desarrolla en este campo la Ley de Coordinación de Policías Locales.
De nada han servido las explicaciones del letrado del
Concello vigués de que ambas normas son similares en cuanto a la tipificación
de las faltas y las sanciones. El juez no lo admite y por este motivo acepta el
recurso y anula la sanción.
En esta línea, acepta la alegación de las agentes de que el
instructor nombrado no encaja con lo previsto. Se debe a que al utilizar una
normativa errónea se incumple la obligación de que sea personal funcionario
perteneciente a la categoría o escala superior a la de las dos presuntas
infractoras. Por todo ello impone al Concello las costas judiciales, por valor
de 200 euros, y dicta un fallo firme, ya que no cabe apelación.
Esta decisión deja sin aclarar un incidente que tuvo una
gran notoriedad en el cuerpo policial, ya que afectó a la constitución del
colegio electoral. Al no comparecer las agentes, no dar parte del servicio y no
responder a los requerimientos desde la jefatura policial por medio de la
emisora, un inspector acudió al lugar. El oficial comprobó que muy cerca de la
entrada del colegio se encontraban las agentes «en el interior de un vehículo
particular y aparentemente dormidas, una en el asiento del conductor y otra en
el trasero».
Pocas semanas después, el gobierno municipal elegido
precisamente el 22-M ordenó la apertura de un expediente disciplinario, con el
fallo de hacerlo siguiendo el régimen del Cuerpo Nacional de Policía. En su
momento, el responsable policial consideró como una agravante el hecho de que
las personas presentes en la puerta del colegio electoral se dieron cuenta de
lo ocurrido, aunque las agentes negaron en todo momento estar durmiendo.
Sin embargo, el mando policial lo dio por seguro al afirmar
que tuvo que golpear las ventanillas con los nudillos para que lo atendieran.

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