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lunes, 27 de enero de 2014

Condenado el Gobierno de Cospedal a readmitir a 500 funcionarios que despidió

  • Los jueces también condenan a la Junta a pagar las costas del proceso y dan a la misma un plazo de diez días para poder recurrir ante el Supremo


La Junta de Castilla-La Mancha tendrá que readmitir a 500 interinos despedidos en agosto de 2012 en medio de la política de recortes llevada a cabo por el gobierno de María Dolores de Cospedal. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad da la razón al sindicato UGT que presentó un recurso a esos despidos.


La sentencia, de 28 folios anula las dos órdenes por las que se modificaron hasta 700 plazas, aunque 200 de ellas estaban vacantes. Por tanto, los despidos afectaron a 500 funcionarios de la administración pública: auxiliares administrativos, veterinarios, personal de servicios...

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla-La Mancha afean al gobierno "la infracción del ejercicio de la facultad negociadora, lo que implica una violación del derecho a la libertad sindical consagrada en la Constitución". Entienden además que las circunstancias en que se desarrolló la sesión de la Mesa negociadora en que habría de abordarse una cuestión de esta trascendencia y envergadura ponen de manifiesto la ausencia de una real negociación con posibilidad de ser eficaz.


Según reza en la sentencia, "se condena a la Administración demandada (la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha) a reponer a los funcionarios afectados por motivo de las disposiciones anuladas en los puestos de trabajo que venían ocupando, con el reconocimiento de todos los derechos profesionales y los económicos que correspondan, que se concretan en las retribuciones que los perjudicados hubieran debido percibir de no haberse producido su cese, descontando las retribuciones que hubieran percibido por otros servicios entre dicha fecha y la de la efectiva reincorporación". Los jueces también condenan a la Junta a pagar las costas del proceso y dan a la misma un plazo de diez días para poder recurrir ante el Tribunal Supremo.

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