- Los letrados señalan que la modificación conllevó una "efectiva repercusión en las condiciones de trabajo de los cinco puestos" nuevos
EUROPA PRESS Una nueva sentencia
de la Sección 1 de la Sala Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Xustiza de Galicia anula las plazas de habilitados nacionales creadas por el
gobierno del PP en el Ayuntamiento de Santiago, que permitieron desplazar de
sus puestos al secretario municipal y a la interventora. Con este fallo, a raíz
de un recurso presentado por la CIG, ya son dos las sentencias que dejan sin
efecto el acuerdo plenario del 2 de febrero del 2012 por el que se aprobó la
modificación del cuadro de personal correspondiente al 2011, con el cual se crearon tres
plazas de funcionarios --un secretario de apoyo, una interventora de apoyo y un
tesorero de apoyo (que no se ocupó)-.
La otra sentencia se produjo a raíz de la impugnación promovida por el Grupo
Socialista, con Xosé Sánchez Bugallo como portavoz municipal junto a los otros
siete ediles.
En este nuevo fallo,
con fecha del 5 de junio del 2014, los magistrados explican que la limitación
de incremento de la plantilla que deriva del real decreto 30/2010 y que afecta
al 2011 «cierra el paso a plazas de nueva creación». «Sin distingos ni
arabescos interpretativos que se apoyan en conjeturas sobre su reserva de
provisión para funcionarios preexistentes, para cubrirse por libre designación
o que son plazas de configuración autonómica», agrega.
Al respecto,
argumenta que «lo cierto es que son plazas que van a ser perfiladas como
puestos de trabajo y que comportan aumento de efectivos y costes
presupuestarios». A ello, añade que no se puede «olvidar» que son plazas que,
por «sus altas responsabilidades ofrecen una dimensión como órganos de
asesoramiento», por lo que colisionarían con el precepto del real decreto en
que se dice que «no podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de
otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la
competencia de estos».
En contra del informe
de la Dirección Xeral
Los letrados de la
sala contrarían, en su sentencia, el informe de la Dirección Xeral de
Administración Local de la Xunta -entonces ocupada por Norberto Uzal-, a la
cual, según recoge el fallo, la defensa del Ayuntamiento se acogió para apoyar
la legalidad del acuerdo.
«En contra de lo que
entiende la Dirección Xeral, lo fundamental no es que la selección y formación
de los funcionarios de Administración Local con habilitación estatal esté
atribuida a la Comunidad Autónoma, ni que el concreto funcionario que ocupe la
nueva plaza no sea de nuevo ingreso (...), sino que las plazas que han de
ocupar dichos funcionarios corresponden a la Administración Local y pertenecen
a la plantilla del Ayuntamiento, que es quien ha de abonar sus retribuciones
periódicas a cargo de su presupuesto», recoge.
Los letrados señalan
en sus argumentos jurídicos que la modificación de la relación de puestos de
trabajo conllevó una «efectiva repercusión en las condiciones de trabajo de los
cinco puestos que se crean ex novo al fijar sus retribuciones y la forma de
provisión».
Además, el fallo, al
que ha tenido acceso Europa Press, apunta que «resulta alejado de la eficacia y
eficiencia administrativa incorporar una decisión tan puntual, como es la
modificación de dos plazas y la creación de otras tres con la finalidad confesa
de garantizar el destino de unos funcionarios tras su cese».
Empezó en noviembre
del 2011
La primera propuesta
para la modificación de la relación de puestos de trabajo se produjo en
noviembre del 2011, si bien fue aprobada finalmente en febrero del 2012. Tanto
el secretario municipal como la interventora fueron relegados en marzo de este
año.
El 25 de enero del
2012, la entonces concejala delegada de Personal, Amelia González, se dirigió
al secretario xeral del pleno para indicarle que la previsión del gobierno
local era culminar la organización administrativa municipal y proceder a un
cambio de los órganos directivos de la Secretaría e Intervención a fin de que
pasase a ser desempeñada por otros habilitados de carácter estatal de categoría
superior, tal y como recoge la sentencia, que añadía que lo mismo sucedió con
la interventora municipal. La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de
Galicia es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación en el plazo
de los tres meses siguientes a su notificación.
Denuncias por otras
vías
Por otro lado, la
exinterventora municipal, Inma Viña Carregal, también ha denunciado el
procedimiento que se llevó a cabo para su cese en la vía administrativa, si
bien este trámite administrativo no ha prosperado, según las fuentes
consultadas por Europa Press. En todo caso, con la anulación de la creación de
las plazas, estas mismas fuentes entienden que el procedimiento queda
invalidado.
Mientras, el
exsecretario municipal, Javier Castiñeira, se ha personado en la operación
Pokémon que, entre otras cuestiones, investiga si existe relación entre
estos ceses y la supuesta trama de corrupción de pago de sobornos a políticos
para lograr concesiones públicas.
En el sumario se
recoge una conversación telefónica en la que el gerente de Aquagest en Santiago
hasta su detención, José Luis Míguez, sostiene que Gerardo Conde Roa, cuando
aún era alcalde de Santiago, telefoneó una noche de marzo de 2012 al presidente
de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, para intentar que se agilizase el cambio de
los puestos de interventor y secretario en el Consistorio compostelano. En
ella, decía que los actuales (Javier Castiñeira e Inma Viña Carregal) estaban «retrasando todo», en referencia a la renovación del
contrato con la concesionaria del servicio de aguas.

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